Preguntas frecuentes
1.- ¿En qué consiste el seguro obligatorio de accidente personales (SOAP)?
El SOAP es un seguro que debe ser contratado por todo propietario de un vehículo motorizado, remolque o carga a una compañía de seguros. Su cobertura permite pagar gastos de hospitalización o atención médica, quirúrgica, farmacéutica y dental, o de rehabilitación de una persona que sufra un accidente de tránsito, en el que participe un vehículo asegurado. En caso de invalidez o muerte indemniza al afectado o a los herederos, según corresponda.
2.-¿Cuales son las coberturas del SOAP?
En caso de muerte: 300 UF(antes 150 UF).
En caso de incapacidad permanente total: 300 UF (antes 150 UF).
En caso de incapacidad permanente parcial: 200 UF (antes 90 UF).
Gastos de hospitalización, atención médica, quirúrgica, dental, prótesis, implantes, farmacéutica y cualquiera otra que requiera su rehabilitación: Hasta 300 UF(antes 90 UF).
3.- ¿A quiénes cubre el SOAP en caso de accidente?
Al conductor del vehículo.
A las personas transportadas o pasajeros del vehículo.
Cualquier tercero afectado por el accidente, aunque no hubiese sido transportado por ninguno de los vehículos involucrados, como ocurre, por ejemplo, con los peatones.
4.- ¿Que hacer en caso de accidente?
En primer lugar, se debe dejar constancia en la unidad policial más cercana al lugar del accidente. Luego, debe procederse a la identificación tanto de las placas patentes de los vehículos involucrados como de las personas que resultaren lesionadas en el accidente. Posteriormente, se debe solicitar en la unidad de Carabineros en que se efectuó la constancia del accidente un certificado en que se indiquen los datos del accidente y de los lesionados de acuerdo al parte respectivo, para ser presentado en la compañía de seguros correspondiente.
5.- ¿Cuál es el plazo para reclamar el pago de las indemnizaciones por accidente?
El plazo para cobrar las indemnizaciones a que se refiere esta ley es de un año contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o desde el fallecimiento de la persona, según corresponda.
6.- ¿Donde recurrir en caso de dudas sobre el SOAP?
En caso de dudas los interesados podrán recurrir a la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito o a la Superintendencia de Valores y Seguros, específicamente, a la División de Atención y Educación al Asegurado.
Tweet |